Se propone restringir el arraigo y endurecer los criterios de expulsión de extranjeros.
Afecta a personas extranjeras en situación irregular o procesadas penalmente.
Contexto
La iniciativa argumenta que la legislación y el reglamento de extranjería actuales resultan permisivos con la inmigración irregular y dificultan la ejecución efectiva de las órdenes de expulsión. Según sus autores, se requiere un endurecimiento legal para evitar las regularizaciones por arraigo, frenar la delincuencia y sancionar con mayor firmeza el incumplimiento de las normas de estancia.
Te afecta si...
- Eres una persona extranjera en situación irregular o con expediente de expulsión abierto en España.
- Solicitas o tramitas la renovación de un permiso de residencia o trabajo.
- Eres un ciudadano extranjero condenado por la comisión de delitos dentro o fuera del territorio español.
Aspectos importantes de la propuesta
- Pasa a considerar la estancia o entrada irregular en el país como una infracción muy grave que conlleva la tramitación preferente de la expulsión y elimina el periodo de salida voluntaria.
- Establece la expulsión obligatoria para extranjeros condenados por delitos graves, menos graves o tres delitos leves, sustituyendo la pena de prisión prevista en el Código Penal.
- Deniega de forma automática la autorización o renovación de residencia si el solicitante cuenta con antecedentes penales en España o en sus países de residencia anteriores durante los últimos cinco años.
- Amplía el plazo máximo de permanencia en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) de 60 a 180 días.
- Limita a un máximo de 15 días la suspensión de las órdenes de expulsión por la sola presentación de solicitudes de asilo o protección subsidiaria si no hay respuesta explícita.
- Permite imponer la prohibición permanente de entrada a España cuando el extranjero constituya una amenaza grave para la seguridad, el orden público o la salud pública.
Detalles a tener en cuenta
- Se trata de una proposición de ley orgánica en trámite parlamentario inicial, por lo que no está aprobada ni en vigor.
- Las solicitudes de residencia o regularización se inadmitirán a trámite directamente si la persona tiene abierto un expediente administrativo sancionador de expulsión o una orden dictada.
- La medida mantiene la prohibición de ejecutar la expulsión si vulnera el principio internacional de no devolución o en el caso de mujeres embarazadas cuando suponga un riesgo para la gestación o su salud.
- El texto prevé su entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA