Revaloriza las pensiones públicas un 2,7 % y actualiza las cotizaciones a la Seguridad Social.
Afecta a pensionistas, trabajadores, autónomos y perceptores de prestaciones por desempleo.
Contexto
Tras la no convalidación parlamentaria del Real Decreto-ley 16/2025 y en un escenario de prórroga presupuestaria, el Gobierno aprueba esta norma con carácter de urgencia. Según sus autores, el texto busca asegurar el poder adquisitivo de los pensionistas manteniendo la revalorización aplicada en enero de 2026 y ordenar el marco de cotizaciones sociales.
Te afecta si...
- Cobras una pensión contributiva, no contributiva o del Régimen de Clases Pasivas del Estado, ya que sus importes se incrementan para el año 2026.
- Trabajas por cuenta ajena o eres titular de una empresa, debido al aumento del tope de cotización, el ajuste del Mecanismo de Equidad Intergeneracional y las primas por accidentes laborales.
- Cotizas en el régimen de autónomos, dado que se prorrogan las tablas de bases y tramos de ingresos aplicadas en 2025 y se actualiza el límite para reintegros por pluriactividad.
- Cobras o solicitas una prestación o subsidio por desempleo, al suprimirse la obligación específica de presentar la declaración del IRPF para mantener la ayuda.
- Ejerces como médico de familia o pediatra en atención primaria dentro del sistema público y buscas compatibilizar tu empleo con el cobro de la jubilación.
- Trabajas en los colectivos de bomberos forestales o agentes forestales y medioambientales de las administraciones públicas.
Aspectos importantes de la propuesta
- Revalorización del 2,7 % en pensiones: Se incrementan en dicho porcentaje las pensiones contributivas y de Clases Pasivas con arreglo a la media de la inflación, situando el tope máximo de pensión en 3.359,60 euros mensuales (47.034,40 euros al año).
- Cuantías mínimas e importes de referencia: La pensión mínima de jubilación para mayores de 65 años con cónyuge a cargo queda fijada en 17.592,40 euros anuales, las no contributivas en 8.803,20 euros y el complemento para la reducción de la brecha de género en 36,90 euros mensuales.
- Eliminación del IRPF obligatorio para desempleados: Se suprime el requisito introducido en reformas previas que obligaba a todos los beneficiarios de protección por desempleo a presentar la declaración de la renta.
- Tope de bases y Mecanismo de Equidad Intergeneracional: El tope máximo de las bases de cotización se fija en 5.101,20 euros mensuales, la cuota del Mecanismo de Equidad Intergeneracional se sitúa en el 0,90 % (0,75 % empresarial y 0,15 % del trabajador) y entra a operar la cuota de solidaridad por tramos para salarios que superen la base máxima.
- Régimen de autónomos: Se prorrogan durante 2026 las tablas reducida y general de cotización por tramos de ingresos de 2025, adaptando sus techos máximos, y se devuelve el 50 % del exceso a quienes coticen en pluriactividad por encima de 17.323,68 euros.
- Jubilación activa para médicos y pediatras: Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la opción de percibir el 75 % de la pensión contributiva de jubilación mientras se continúa en activo en la atención primaria pública.
- Cotización adicional en el sector forestal: Se fija un tipo suplementario del 10,60 % (8,84 % a cargo del empleador y 1,76 % del empleado) para bomberos y agentes forestales con coeficientes de jubilación anticipada.
- Tarifa de accidentes de trabajo: Se incorpora a la ley una nueva tarifa de primas por contingencias profesionales adaptada a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025).
Detalles a tener en cuenta
- Efectos retroactivos: Aunque entra en vigor el día de su publicación oficial, sus efectos económicos y de cotización general se aplican con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026 (con excepciones fijadas a finales de diciembre de 2025 para la prórroga médica y las cotizaciones forestales).
- Amortización de préstamos del Estado: Se otorga un nuevo plazo de diez años a partir de 2026 para la liquidación de varios préstamos históricos concedidos por el Estado a la Seguridad Social en la década de 1990.
- Clasificación económica por defecto: Las empresas que no notifiquen su nuevo código CNAE-2025 a la Seguridad Social cotizarán provisionalmente por contingencias profesionales con la tarifa más elevada de las posibles equivalencias.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA