Primero. Introducción
1. La Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE
del Consejo ha instaurado el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea. Dicha Ley instauró el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (EU ETS).
2. El proyecto de Ley que motiva la presente enmienda a la totalidad ha sido formulado en cumplimiento de los objetivos establecidos en materia de reducción de gases de efecto invernadero por la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio
climático y transición energética, en concordancia con los objetivos de descarbonización fijados por la Unión Europea y asumidos por el Gobierno de España para el año 2050. Estos objetivos están intrínsecamente relacionados con el régimen de
comercio de derechos de emisión, el cual constituye uno de los principales mecanismos para asegurar su implementación efectiva.
3. El Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero (en adelante 'RCDE') se integra en el Sistema Europeo de Comercio de Emisiones (EU ETS) y ha sido uno de los pilares fundamentales de la política climática del
Gobierno desde su llegada al poder en el año 2018. En este contexto, dicho régimen ha sido objeto de dos modificaciones significativas: la primera, mediante la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, y la segunda, a través de la Ley 9/2020, de 16 de
diciembre.
4. La presente modificación legislativa surge como consecuencia de la transposición de dos directivas de fecha 10 de mayo de 2023 1, que forman parte del paquete de medidas Objetivo 55 (también conocido como 'Fit for 55') enmarcado en el
Pacto Verde Europeo. Este paquete legislativo establece un objetivo más ambicioso, a la par que irreal, orientado a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de la Unión Europea en al menos un 55 % para el año 2030, en comparación con
los niveles de 1990.
Segundo. La inoperancia del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero
5. Uno de los principales problemas del RCDE es su impacto negativo en la competitividad de las empresas españolas, especialmente en sectores industriales intensivos en energía, como la siderurgia, el cemento, la química o el papel. La
insuficiente capacidad de generación de energía renovable no cubre la demanda eléctrica 2, mientras que el aumento en los precios del CO2 ha impuesto una carga financiera insostenible para esta Industria electrointensiva. Al encarecerse los
derechos de emisión, también se incrementan los costes de producción, lo que se traduce en un aumento del precio final de los productos.
6. Este aumento de los costes de producción, directamente vinculado al precio creciente de los derechos de emisión, repercute negativamente en el precio final de los productos, erosionando aún más la competitividad de nuestras empresas en
el mercado internacional. Un ejemplo claro de la falta de estabilidad energética es la volatilidad del precio medio spot español que, aunque se redujo a 87,10 /MWh, experimentó un aumento considerable en la volatilidad (del 15,5 % en 2022 al 37,4
% en 2023) debido a una producción de renovables insuficiente para garantizar la estabilidad del sistema energético 3.
7. El creciente coste de los derechos de emisión supone una desventaja frente a empresas de países extracomunitarios, donde las políticas climáticas son más laxas o inexistentes. Esto ha generado un riesgo tangible de 'fuga de carbono',
con la consecuente
1 Directiva (UE) 2023/958 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE en lo que respecta a la contribución de la aviación al objetivo de la Unión de reducir las emisiones en el
conjunto de la economía y a la adecuada aplicación de una medida de mercado mundial.?Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, que modifica la Directiva 2003/87/CE por la que se establece un régimen para
el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y la Decisión (UE) 2015/1814, relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen para el comercio de derechos
de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión.
2 https://demanda.ree.es/visiona/peninsula/nacional/total
3 https://www.cnmc.es/prensa/boletin-anual-mercados-plazo-20240429#:~:text=El%20precio%20medio%20spot%20espa%C3%B1ol,de%20fuentes%20de%20energ%C3%ADa%20renovable
deslocalización de empresas hacia regiones con regulaciones medioambientales más flexibles, como la India, Bangladesh, Indonesia, Marruecos, Argelia, Libia o Egipto 4. Así, las políticas del Gobierno dañan el tejido industrial español y
resultan contraproducentes desde el punto de la conservación del medio natural.
8. Asimismo, el sistema de comercio de emisiones está sujeto a la volatilidad del mercado, lo que crea incertidumbre en los precios del carbono. Ello dificulta la planificación empresarial a largo plazo y frena la inversión en industrias
españolas y europeas 5. Las fluctuaciones bruscas en el precio de los derechos de emisión 6 no solo afectan a la estabilidad de las empresas, sino que también desestabilizan el propio mercado energético. Este entorno impredecible obstaculiza el
crecimiento y la adaptación de sectores industriales clave que se ven forzados a asumir riesgos financieros desproporcionados debido a la volatilidad del coste del carbono 7.
9. El hecho de que los derechos de emisión puedan comprarse y venderse, en lugar de impulsar directamente una reducción en las emisiones, puede interpretarse como una forma de 'mercantilización' del medio ambiente que permite a las empresas
con mayores recursos seguir contaminando si pueden permitirse adquirir estos derechos. En cualquier caso, el gran beneficiado de este sistema es el Estado, que en el año 2023 recaudó en concepto de subastas de derechos de emisión de gases de efecto
invernadero un total 3.585.245.000 euros (cap. 5 ingresos patrimoniales) en 2023, un 11 % más que en 2022 8.
Tercero. La incidencia del régimen de comercio de derechos en el aumento de los costes energéticos y de producción de bienes y servicios
10. En el año 2018, el precio medio del derecho de emisión de CO2 se situaba en 15,88 euros por tonelada; en 2019, este valor ascendió a 24,84 euros, y en 2023 alcanzó la alarmante cifra de 83,50 euros por tonelada 9. Este aumento del
precio de los derechos de emisión ha llevado a un encarecimiento en la producción de electricidad mediante tecnologías que dependen de combustibles fósiles. Dado que el precio de la electricidad que pagan los consumidores está parcialmente influido
por los precios del mercado mayorista, este mecanismo ha contribuido a un aumento en el coste de vida de los hogares, golpeando así a las familias con menor capacidad adquisitiva 10. La transición ecológica se ha convertido en una carga adicional
para los españoles, mientras que los poderes públicos no han ofrecido soluciones tangibles para contrarrestar los efectos adversos.
11. Por otro lado, el RCDE se hace regresivo, ya que tiende a afectar más a los sectores de menores ingresos. Mientras, las grandes empresas tienen mayor capacidad financiera para hacer frente a las exigencias burocráticas y reguladoras
del RCDE que las pequeñas y medianas, por lo que este sistema supone un ataque frontal al crecimiento del 99,8 % de empresas radicadas en España, que generan el 62,1 % del empleo empresarial 11.
12. Relacionado con el punto anterior, es evidente que las empresas que enfrentan mayores costes debido a las políticas de emisión de gases trasladan estos incrementos a los precios de los productos y servicios que comercializan. Este
fenómeno impacta de manera más severa a los consumidores de menores recursos, quienes, al ser el eslabón más débil de la cadena, se ven obligados a soportar el peso de un sistema que encarece
4 https://www.plena-energia.com/post/fuga-de-carbono
5 https://elpais.com/economia/2024-03-22/la-inversion-en-espana-cae-por-debajo-del-nivel-prepandemia-pero-no-sacrifica-su-productividad.html
6 https://anave.es/precios-de-los-derechos-de-emision-de-la-ue-2/
7 https://www.abc.es/economia/abci-funciona-mercado-alimenta-disparada-escalada-202109060128_noticia.html
8 https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Contabilidad/ContabilidadPublica/CPE/EjecucionPresupuestaria/Documents/MENSUAL%2012-23.pdf
9 https://www.sendeco2.com/es/precios-co2
10 https://repositorio.bde.es/bitstream/123456789/17351/1/do2120.pdf
11 https://blog.funcas.es/las-pymes-en-espana-no-es-solo-cuestion-de-tamano/
el coste de los bienes y servicios esenciales. En consecuencia, el ciudadano medio termina pagando de forma indirecta por un sistema que no genera beneficios en su vida diaria.
13. A todo ello se suma la falta de consideración de las circunstancias propias de cada país en el diseño del RCDE. Así, el régimen de comercio de emisiones ha sido diseñado con una perspectiva europea sin reflejar las particularidades
económicas y energéticas de cada nación. España posee un tejido industrial menos competitivo que otros países del norte de Europa 12, lo que implica un mayor impacto del RCDE sobre las cuentas de resultados de sus empresas.
Cuarto. Conclusión
14. Lucrativa para el Estado en términos de recaudación e indudablemente lesiva para los españoles, la estrategia que define los objetivos del RCDE obedece a posiciones estrictamente ideológicas que proceden de la necesidad de cumplir con
metas marcadas por agendas globalistas. Todo ello ha generado un sinfín de desigualdades entre españoles y la creación de nuevos objetivos burocráticos para empresas que han lastrado su competitividad.
15. Por último, la carga financiera que estas medidas imponen sobre empresas y particulares, así como la deslocalización de la producción hacia países con estándares ambientales inferiores, socava el bienestar de los españoles y compromete
la viabilidad del tejido productivo español. Es inaceptable que, bajo la