El Proyecto de Ley Orgánica de medidas excepcionales de sostenibilidad financiera para las comunidades autónomas de régimen común es una ley injusta, insolidaria e ineficaz para lograr los objetivos que dice perseguir.
Es injusta desde todas las perspectivas posibles: en su origen, porque nace de un pacto bilateral que luego se quiere revestir de acuerdo global; en su diseño, porque premia a las comunidades autónomas sin tener en cuenta la mejor o peor
gestión de los recursos públicos sin ninguna justificación objetiva y razonable; en su sesgo ideológico, porque castiga a las comunidades autónomas que han ejercido su legítima autonomía financiera para bajar impuestos y ayudar a las familias; y
en su reparto, porque genera diferencias de hasta el 67 % en términos de reducción de deuda por población ajustada sin ninguna razón objetiva.
Es insolidaria, porque en ese reparto injusto y sesgado en su diseño, se mutualiza directamente la deuda generada por desequilibrios presupuestarios en cada comunidad que pasa a ser asumida por todos los ciudadanos del resto de España,
comprometiendo el principio de solidaridad interterritorial recogido en el artículo 2 y en el artículo 156.1 CE, que exige coordinación con la Hacienda estatal, no un trato dispar entre comunidades sometidas al mismo régimen de financiación.
Es ineficaz para lograr los objetivos que declara perseguir, porque la quita de deuda no corrige los graves desequilibrios que tienen las comunidades autónomas como consecuencia de la insuficiente financiación del actual Sistema de
Financiación Autonómica y no permite su vuelta a los mercados financieros. Además, genera incentivos perversos, tal y como denunciaron los reguladores españoles.
Las numerosas y coincidentes alegaciones que se hicieron al anteproyecto de ley, junto al rechazo de 12 de las 15 comunidades autónomas que se tendrían que acoger a la quita, daban pistas suficientes para que el Gobierno hubiera retirado
este proyecto de ley en esa fase inicial.
Entrando un poco más en detalle, este proyecto de ley no ha sido fruto de la colaboración y el consenso de todas las comunidades autónomas ni surge como una recomendación de los organismos fiscales nacionales o europeos, sino que tiene una
clara motivación política: nace del acuerdo de investidura suscrito entre el PSOE y ERC en noviembre de 2023, que comprometía la condonación de 15.000 millones de euros de deuda de la Generalitat de Cataluña.
Lo que el Gobierno presenta como una medida excepcional de sostenibilidad financiera para todas las comunidades de régimen común es, en realidad, un burdo intento de disimular el traje a medida acordado con sus socios parlamentarios,
forzando
su imposición a todas las comunidades autónomas, de uno u otro signo, que ya se han pronunciado en contra, para presentarla como una política general.
Que sea necesario desvincular expresamente este acuerdo del principio de responsabilidad de la Ley Orgánica 2/2012 y del sistema de financiación autonómica, como hace en el artículo 4, muestra la debilidad de esta propuesta y su no encaje en
los principios fundamentales que definen la financiación territorial.
Para alcanzar la cifra de quita acordada entre el Gobierno y ERC, el proyecto de ley diseña un sistema de reparto en el artículo 6 totalmente arbitrario y sin ningún fundamento técnico, especialmente en los tramos 2 y 3. El tramo 2
garantiza más quita a quién más se endeudó, con independencia de las causas de ese sobreendeudamiento; y el tramo 3 premia a las comunidades autónomas que subieron el IRPF frente a las CCAA que lo ejercieron a la baja en virtud de la autonomía
tributaria que les reconoce la LOFCA, en una clara violación de «la neutralidad exigible al Gobierno central ante el ejercicio por parte de las comunidades autónomas de su autonomía de ingreso».
Con cálculos de Fedea, el efecto de la superposición de los 3 tramos hace que unas comunidades autónomas reciban 2.285 euros por habitante ajustado y otros 1.368 euros; una diferencia del 67 % que vulnera los principios constitucionales
fundamentales de igualdad, de solidaridad interterritorial, de lealtad institucional, de corresponsabilidad y de autonomía financiera.
Otra de las grandes falacias defendidas por el Gobierno es la supuesta voluntariedad para acogerse a la norma. De una parte, si la norma realmente fuese necesaria para mejorar la sostenibilidad de las comunidades autónomas de régimen común,
ésta no debería tener carácter voluntario sino obligatorio.
El mensaje que se traslada a los gobernantes autonómicos con esta iniciativa es nefasto: es indiferente la buena o mala gestión de los recursos públicos, la mayor o menor acumulación de deuda, la mayor o menor presión fiscal y el mayor o
menor riesgo moral de todo ello porque, si es necesario, el Estado volverá a acudir al rescate.
Así lo dijo el anterior Gobernador del Banco de España en sede parlamentaria, al calificar la condonación incondicionada como un «incentivo perverso» para la disciplina fiscal. Y así lo advirtió la AIReF, que reclamó desde el primer momento
que la operación llevara aparejada condicionalidad fiscal «por los problemas de riesgo moral que rodean a este tipo de operaciones». El Gobierno ha desoído a los dos organismos independientes y no se exige a las comunidades beneficiarias ningún
compromiso de disciplina, plan de ajuste o contrapartida.
Ni siquiera es cierto lo que defendía la entonces ministra de hacienda, M. Jesús Montero: esta medida no incrementa la capacidad de gasto de las comunidades autónomas, ya que la neutralidad a efectos de la regla de gasto no permite destinar
los ahorros a otra cosa que no sea reducir la deuda, por lo que no se puede destinar a gasto social o a mejorar los servicios públicos. Por su parte, la Administración Central del Estado asume a perpetuidad el servicio de la deuda subrogada a
través de un Fondo cuya gestión se confía a acuerdos de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, con carácter esencialmente extrapresupuestario y, por tanto, al margen del control ordinario de las Cortes Generales.
Por último, una reflexión: si una norma que redistribuye 83.252 millones de euros entre territorios estuviese bien diseñada contaría con el máximo consenso. Y el Gobierno ha conseguido todo lo contrario: la mayoría de las comunidades
autónomas de régimen común –doce de quince– han anunciado su rechazo a una medida que consideran, con razón, una concesión al independentismo pagada con la deuda de todos; el Consejo de Política Fiscal y Financiera del pasado 26 de febrero de 2025
aprobó los criterios sin acuerdo con ellas, aplicando el rodillo del voto ministerial. Una ley orgánica de esta trascendencia no puede nacer contra las comunidades autónomas a las que dice servir, sin diálogo multilateral y con la única lógica de
la aritmética parlamentaria de la investidura.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular solicita la devolución al Gobierno del Proyecto de Ley Orgánica de medidas excepcionales de sostenibilidad financiera para las comunidades autónomas de régimen común, instándole a presentar, en
su lugar, una
reforma integral del sistema de financiación autonómica negociada multilateralmente en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera y, en su caso, un tratamiento de la deuda autonómica con criterios homogéneos, condicionalidad fiscal
efectiva y pleno respeto a la igualdad entre territorios y entre españoles.
La presente publicación recoge la reproducción literal de las enmiendas presentadas en el registro electrónico de la Dirección de Comisiones de la Secretaría General del Congreso de los Diputados.