Se incorpora un nuevo apartado Ciento diez quater, con el siguiente texto:
'Ciento diez quater. 'Se modifican los apartados 1, 2 y 3 del artículo
623, que quedan redactados como sigue:
'1. Si lo embargado fueran valores u otros instrumentos financieros, el
embargo se notificará por el procurador de la parte ejecutante a quien
resulte obligado al pago, en caso de que éste debiere efectuarse
periódicamente o en fecha determinada, o a la entidad emisora, en el
supuesto de que fueran redimibles o amortizables a voluntad del tenedor o
propietario de los mismos. A la notificación del embargo se añadirá el
requerimiento de que, a su vencimiento o, en el supuesto de no tener
vencimiento, en el acto de recibir la notificación, se retenga, a
disposición del tribunal, el importe o el mismo valor o instrumento
financiero, así como los intereses o dividendos que, en su caso,
produzcan y los ingrese en la cuenta de depósitos y consignaciones. Una
vez recibido el pago el procurador de la parte ejecutante, facultado por
el Letrado de la Administración de Justicia, ordenará su pago.
2. Cuando se trate de valores o instrumentos financieros que coticen en
mercados secundarios oficiales, la notificación del embargo y la orden de
retención se hará, debidamente facultado por el Letrado de la
Administración de Justicia, por el procurador de la parte ejecutante, al
órgano rector a los mismos efectos del párrafo anterior, y, en su caso,
el órgano rector lo notificará a la entidad encargada de la compensación
y liquidación.
3. Si se embargaren participaciones en sociedades civiles, colectivas,
comanditarias, en sociedades de responsabilidad limitada o acciones que
no cotizan en mercados secundarios oficiales, el procurador de la parte
ejecutante, debidamente facultado por el Letrado de la Administración de
Justicia, notificará el embargo a los administradores de la sociedad, que
deberán poner en conocimiento del tribunal la existencia de pactos de
limitación a la libre transmisión de acciones o
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cualquier otra cláusula estatutaria o contractual que afecte a las
acciones embargadas.''