A partir de la Resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de 10
de mayo de 2006, explicitó que las distribuidoras principales incurrían
en abuso de posición dominante colectiva al establecer contratos abusivos
con cláusulas que perseguían obtener cantidades exorbitantes en los
ingresos por recaudación en taquilla. De ahí que sea necesario acabar con
este tipo de prácticas en línea con las decisiones antitrust y el propio
derecho comparado.
La relación entre la distribución, singularmente la gran distribución que,
de conformidad con el ICAA, se reparte anualmente siempre prácticamente
las primeras posiciones y con porcentajes que, salvo alguna excepción,
siempre son muy altos, es de
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completa asimetría. Esto es, de una inequidad permanente que impide
nivelar el campo de juego. Y esa horizontalidad es la situación deseable
para, a partir de ahí, poder realizar un esquema de negocios en que el
abuso esté ausente. Lamentablemente, la lógica de la acción colectiva, en
la que la fuerza de unos pocos, en definitiva, del oligopolio de la
distribución, frente a los muchos y atomizados exhibidores, lleva de
forma inevitable al abuso, que en derecho de la competencia ofrece la
figura concreta de abuso de posición dominante colectiva, situación bien
conocida de las autoridades de defensa de la competencia. También, dada
la necesidad permanente de producto —la película— sin la cual, sin más,
perece el exhibidor, las posibilidades de denuncia de tal iniquidad, tan
injusta, implica una dominación permanente, bien visible en la
negociación de los contratos, con la amenaza permanente de corte del
suministro de películas y la consecuente destrucción del valor de la
sala.
A su vez, cabe destacar que, desde el comienzo de la situación de la
pandemia, las distribuidoras han acortado unilateralmente la ventana de
exhibición de las películas en las salas de cine, o incluso simultaneado
los estrenos con las plataformas. Esta circunstancia hace de facto que
por el porcentaje a las distribuidoras se haya incrementado pues los
visitantes se concentran más en las primeras semanas que son las más
caras. Por lo tanto, se añade a la necesidad de limitarla para esta
subida «encubierta» de los alquileres a través de la reducción de
ventanas.