El Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, futuro marco normativo
encargado de vincular la movilidad a un derecho del ciudadano y
establecer las condiciones para el disfrute de un sistema de movilidad
sostenible, recoge la obligación de realizar planes de movilidad
sostenible para entidades locales y grandes centros de actividad y planes
de movilidad sostenible al trabajo para aquellos centros de trabajo con
más de 500 personas trabajadoras o 250 por turno, que necesariamente
incluirán soluciones de movilidad sostenible que contemplen el impulso de
la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad eléctrica, y
la movilidad compartida o colaborativa, entre otros, promoviendo el uso
de medios de transporte de bajas emisiones.
En este contexto, las tarjetas de transporte reguladas en el artículo
42.3.e) de la Ley del IRPF suponen un medio idóneo para ayudar a las
empresas a la consecución de dichos objetivos a la vez que se cumplen las
exigencias, contribuyendo a la consecución de objetivos del Proyecto de
Ley, al facilitar el cumplimiento de los objetivos de descarbonización de
la economía, mejora de la calidad del aire y reducción de emisiones, así
como evitar la congestión y prevenir los accidentes en los
desplazamientos al trabajo.
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Esta medida contempla soluciones que promueven alternativas que permiten
satisfacer las necesidades de movilidad de los ciudadanos, como impulso
del transporte colectivo y la utilización de alternativas al transporte
público tradicional en los desplazamientos entre el lugar de residencia y
el trabajo como la movilidad de cero emisiones, la movilidad activa y la
movilidad compartida.
Además, la utilización de tarjetas de transporte, de uso exclusivamente
digital, permite, tanto a las empresas como a la Administración Pública,
la digitalización de la gestión, con un mayor control e información de la
trazabilidad en las transacciones realizadas y una mejor evaluación de
las políticas y cuantificación de los objetivos (por ejemplo, con la
información sobre la fecha de los desplazamientos, el medio de transporte
utilizado, etc.)
Sin duda, el poder ofrecer a sus empleados tarjetas de transporte
tramitadas a través de una empresa emisora de vales de transporte, supone
una flexibilidad enorme para las empresas a la hora de implantar estas
políticas públicas, entre otras, por su bajo coste de implantación y por
la contrastada experiencia de los sectores, empresas y trabajadores que
las promueven y utilizan.
Esta posibilidad permitirá a los trabajadores ampliar sus opciones de
movilidad al trabajo con un tratamiento fiscal favorable, favoreciendo la
transición de la oferta del sistema de transportes hacia modos y
servicios de movilidad más eficientes, accesibles, equitativos y
sostenibles.
Por último, también hay que tener en cuenta que medidas similares (con
incentivos y bonificaciones fiscales a la movilidad eléctrica) ya se
aplican exitosamente en Europa, como en el caso de Países Bajos, Austria,
Francia, y sobre todo Bélgica, donde más de 400.000 personas (9 % de los
trabajadores) han elegido desplazarse al trabajo en medios sostenibles y
beneficiarse de la bonificación, recorriendo más de 420 millones de km
desde 2015, con la consiguiente reducción de CO2 y tráfico que eso
significa.