Artículo 34. Carriles reservados a determinados vehículos
1. Las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas
competencias, analizarán la necesidad y viabilidad, y, en su caso,
promoverán las actuaciones necesarias para dotar a las vías con tres o
más carriles de circulación por sentido y otras vías que lo permitan, de
carriles de uso reservado o preferente para el transporte público
colectivo, para la bicicleta o ciclo, y para vehículos de alta ocupación
o de cero emisiones en consonancia con la clasificación ambiental de
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vehículos que determine la Dirección General de Tráfico en los accesos a
los municipios de más de 300.000 habitantes, en función de las
disponibilidades presupuestarias. Estos carriles podrán ser fijos o de
gestión dinámica. En cualquier caso, las autoridades competentes velarán
por que en dichos carriles se garantice la fluidez, regularidad y
frecuencia en la prestación de los servicios.
En los municipios de menos de 300.000 habitantes se promoverán también
estas actuaciones cuando pueda justificarse su necesidad y viabilidad en
el marco de los objetivos definidos en esta ley.
2. En el análisis al que se refiere el punto anterior, de entre todas las
opciones viables para facilitar el tráfico fluido del transporte público
colectivo, la bicicleta o ciclo y la priorización de vehículos de alta
ocupación o de bajas emisiones, se elegirá aquella que optimice la
utilización de los recursos públicos, la ocupación de espacio y la
minimización del impacto ambiental en consonancia con la clasificación
ambiental de vehículos que determine la Dirección General de Tráfico,
y minimice el impacto ambiental,
teniendo en cuenta la
posible aplicación de soluciones digitales.
[...]
4. Las administraciones públicas colaborarán, en la medida en que sus
recursos técnicos y presupuestarios lo permitan, para asegurar que las
soluciones que se planteen garantizan la continuidad de los carriles
entre las vías competencia de distintas administraciones, la gestión
dinámica de los mismos, y, en su caso, la continuidad de dichos carriles
hasta los intercambiadores de transporte, así como hasta hub de servicios
de movilidad.