Uno de los campos en que se ha ido legislando con profusión para evitar el
impacto de la subida de precios de la electricidad a la vez que se avanza
en la descarbonización de la economía y en el empoderamiento del
consumidor ha sido en el campo del autoconsumo. En el Real Decreto-ley
18/2022, de 18 de octubre, se aumentó la distancia permitida en aquellos
casos de autoconsumo a través de la red, desde los 500 metros que se
recogían originalmente en el artículo 3 del Real Decreto 244/2019, de 5
de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas
y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, hasta los 1.000
metros.
Posteriormente, a través del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre,
se aumentó la distancia hasta los 2.000 metros, a fin de seguir
impulsando el autoconsumo incluso en aquellas viviendas que no disponen
de cubiertas con buen recurso solar por las características de sus
edificios (orientación, tipo de cubiertas, catalogación histórica del
edificio...) y maximizar el aprovechamiento de superficies.
Sin embargo, esta distancia imposibilita todavía que muchos consumidores
puedan beneficiarse del autoconsumo, por no disponer de cubiertas y
superficies suficientes, lo que opera en detrimento del despliegue del
autoconsumo colectivo y de otras fórmulas de empoderamiento ciudadano
como las comunidades energéticas. Ello es especialmente constatable en el
ámbito rural, donde existe una clara diseminación de núcleos de
población.
Es por todo ello que se propone, en primer lugar, ampliar la distancia
permitida en aquellos casos de autoconsumo a través de la red hasta los
2.000 metros, independientemente del tipo de tecnología de origen
renovable utilizada y de la ubicación de la instalación, con una
limitación por razón de potencia instalada (5 MW).
En segundo lugar, y con el fin de potenciar el autoconsumo principalmente
en ámbito rural y de asimilarnos regulatoriamente a los países de nuestro
entorno, se propone ampliar la distancia según número de habitantes,
exclusivamente para tecnología fotovoltaica ubicada en su totalidad en la
cubierta de una o varias edificaciones, en suelo industrial o en
estructuras artificiales existentes o futuras cuyo objetivo principal no
sea la generación de electricidad.