Artículo 5. Principios rectores.
La acción de las administraciones públicas en sus respectivos ámbitos de
competencia estará guiada por los siguientes principios rectores:
1. Seguridad de las personas y del sistema de movilidad en su conjunto. Se
incluye la seguridad operacional, la seguridad vial, la seguridad contra
actos ilícitos, la seguridad sanitaria y la ciberseguridad.
2. Cohesión social y territorial. La planificación de las políticas de
movilidad deberá poner a la s personas
ciudadanía
en el
centro de las decisiones favoreciendo la integración económica y social
de todos los españoles
ciudadanos y ciudadanas
con
independencia de su lugar de residencia.
3. Igualdad
de trato y no discriminación
. Los sistemas de
transportes y movilidad deberán velar por la igualdad entre todos los
españoles
de trato y prevenir la discriminación de ciudadanos y
ciudadanas por cualquier circunstancia social, y en particular por razón
de sexo, edad, discapacidad, origen racial o étnico, orientación sexual o
identidad de género o situación socioeconómica.
4. Sostenibilidad ambiental, social y económica: Los sistemas de
transportes y movilidad deberán ser ambiental, social y económicamente
sostenibles, ajustándose a las necesidades y capacidades de España. En
particular, deberán:
a) Velar por la salud de las personas, por su bienestar y calidad de vida,
ajustándose a las necesidades y capacidades de España,
reduciendo
las emisiones que afectan al medioambiente, a la calidad del aire y al
ruido
.
b) Fomentar
una transición justa a los
nuevos modelos de
movilidad, adoptando a tal efecto medidas y políticas basadas en la
libertad de elección del medio de transporte por los usuarios, con
condiciones de trabajo dignas y con una formación adaptada, velando por
la equidad económico-social.
c) Priorizar
la descarbonización,
la eficiencia
energética y el respeto al entorno natural y urbano.
d) Reorientar las prioridades de inversiones en infraestructuras de
transporte, basándolas en criterios de racionalidad y proporcionalidad y
en particular prestando especial atención a la movilidad cotidiana, el
medio
ambiente
y la salud, la intermodalidad, la
tecnología, la seguridad y la conservación de las infraestructuras,
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para el mejor aprovechamiento de las infraestructuras existentes y los
recursos públicos.
5. Servicio al desarrollo económico sostenible. La movilidad deberá
contribuir al desarrollo económico sostenible nacional y a la mejora de
la productividad y resiliencia de la actividad económica, la producción
industrial y distribución de bienes de consumo, respetando el principio
de neutralidad competitiva.
6. Digitalización. La movilidad deberá aprovechar el potencial de la
digitalización y la tecnología, como herramientas para mejorar la
adecuación del sistema a las necesidades de la ciudadanía y del sector
productivo de la manera más eficiente posible.
7. Accesibilidad Universal. Los sistemas de transportes y movilidad,
incluyendo servicios, infraestructuras y procesos, deberán concebirse y
proyectarse desde el origen de tal forma que puedan ser comprensibles,
utilizables y practicables por todas las personas, en la mayor extensión
posible, en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más
autónoma y natural posible, sin necesidad, salvo que no exista
alternativa, de adaptación ni diseño especializado.
8. Resiliencia del sistema de transportes. Se deberá desarrollar un
sistema de transportes resiliente, flexible y adaptable al cambio,
dinámico y coordinado entre los distintos modos de transporte y niveles
de Administración Pública, con una visión integrada desde el punto de
vista de la gestión de infraestructuras.
9. Cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por
España. El desarrollo de la política de movilidad estará alineado con (i)
los objetivos asumidos por Espa
ñ
a a
nivel internacional, en particular los relativos a la preservaci
ó
n del clima, la conservación de la
biodiversidad y la calidad ambiental, (ii) la política y normativa
europea sobre esta materia, (iii) los planes y estrategias desarrollados
para el cumplimiento de los objetivos fijados, y (iv) los estándares y
clasificaciones que sobre los distintos modos, servicios, recursos y
prioridades se establezcan en relación con la sostenibilidad
.
10.
9. Transparencia, sensibilización y participación
ciudadana. Las políticas de movilidad, tanto de personas como de
mercancías, serán desarrolladas por las administraciones públicas
con un enfoque integrador, basado en un modelo de gobierno
abierto, en el que la transparencia y claridad en las comunicaciones con
el ciudadano y la ciudadana, la sensibilización, la participación y la
colaboración sean principios informadores del proceso de toma de
decisiones
, y dando oportunidad de involucrarse en dicho proceso
a todos los españoles
toda la ciudadanía
, actores
públicos y privados, sectores productivos y territorios interesados,
situando al ciudadano
y ciudadana
en el centro de las
decisiones.
11. Fomento de la ciudad de proximidad. Con el fin de avanzar
hacia ciudades con menor impacto ambiental y mejor calidad de vida, las
administraciones públicas deberán coordinar sus políticas de desarrollo
urbano y territorial, económicas y de movilidad para fomentar la 'ciudad
de proximidad' de forma que se minimice el número de desplazamientos
habituales necesarios y se acorte su longitud, disminuyendo los impactos
ambientales y favoreciendo así el uso racional del territorio y los
desarrollos urbanos sostenibles
.