«Disposición adicional XXX. Promoción y Regulación de Mercados Voluntarios
de Activos Ambientales.
En el plazo de un año se procederá a establecer el marco regulador para el
funcionamiento de los mercados voluntarios de activos ambientales,
independiente del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de
efecto invernadero, entendidos como aquellos espacios en los cuales se
intercambian certificados, bonos u otros instrumentos financieros
generados por proyectos o iniciativas que resulten en beneficios
ambientales verificables, tales como la reducción de emisiones de gases
de efecto invernadero, la conservación de biodiversidad, la restauración
de ecosistemas, la captura y almacenamiento de carbono, la mejora
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en la calidad del aire, la protección de recursos hídricos, la gestión
eficiente del agua, el plástico evitado, y cualesquiera entre otros
proyectos que tengan en cuenta las soluciones basadas en la naturaleza,
entre otros.
Estos mercados serán de carácter voluntario, tanto para las empresas como
para las personas físicas, y cumplirán los estándares de certificación
reconocidos, deberán registrarse en un sistema público de seguimiento y
verificación, los cuales garantizarán la transparencia, trazabilidad y
verificación de los beneficios ambientales.
El Gobierno y las Comunidades Autónomas podrá implementar incentivos
fiscales, financieros o de otra índole, con el fin de promover la
participación en estos mercados, incentivar el desarrollo de proyectos de
mitigación o compensación ambiental y fomentar la adopción de prácticas
empresariales sostenibles.
La autoridad competente establecerá los mecanismos de control para
asegurar el correcto funcionamiento del mercado y la validez de los
certificados emitidos y presentará un informe anual sobre el estado y
evolución de los mercados voluntarios de activos ambientales, evaluando
su impacto en términos de beneficios ambientales generados, participación
de actores y contribución a los objetivos nacionales de sostenibilidad y
cambio climático.
Se promoverá la alineación de los mercados voluntarios de activos
ambientales con los estándares internacionales, facilitando la
integración y el reconocimiento mutuo de certificados con otros mercados
ambientales en el ámbito global, con el objetivo de potenciar el impacto
de las iniciativas y fomentar la cooperación internacional en materia de
sostenibilidad.»