Los combustibles renovables son una alternativa inmediata, ya disponible
en el mercado, para la descarbonización de todo tipo de transporte
(terrestre, marítimo y aéreo). Son combustibles equivalentes a los
tradicionales de origen mineral (petróleo), pero producidos a partir de
materia prima orgánica, con una reducción de estre, es que se pueden
emplear en la flota de vehículos actuales y ser suministrados desde las
redes de estaciones de servicio existentes.
Hoy en día los biocarburantes más avanzados, en particular, el HVO
(Hydrotreated Vegetable Oil, equivalente al diésel) son críticos en este
proceso. A diferencia de los biocarburantes tradicionales, la mayor parte
de los HVO comercializados se producen a partir de residuos, lo que los
hace más sostenibles desde el punto de vista tanto de la reducción de
emisiones como de la economía circular. Se trata, en definitiva, de
carburantes premium, renovables y con baja huella de carbono, que
constituyen una alternativa inmediata al tradicional gasóleo A de
automoción
Desde 2021 se está discutiendo una nueva versión de la Directiva de
Tributación Energética (ETD) en la que sí que se obliga a un tratamiento
favorable para los combustibles renovables (los avanzados se gravarían
aproximadamente con 0,5 cts./litro, lo que supone una reducción del 99 %
del tipo previsto para los combustibles convencionales en esa misma
revisión). Creemos indispensable que, en España, aunque sea bajo el
régimen de la actual directiva, se aprueben medidas de reducción del IH.
El fraude que ha sufrido el sector de los hidrocarburos en los últimos
años aconseja que en esta primera fase se limiten los beneficios a la
comercialización de productos 100 % renovables y, por tanto, los
productos convencionales, aunque tenga un porcentaje de incorporación de
bios, mantengan la tributación actual. Y es que sólo con los combustibles
renovables 100 % es posible mantener una logística y almacenamiento
independientes con un control documental y físico por parte de la AEAT.
Además, el impacto en la recaudación sería moderado, permitiendo que
tanto los operadores como la Administración se vayan adaptando para
cuando, en su caso, entrara en vigor la nueva ETD.
En nuestra opinión, conforme a la normativa actual (ETD vigente y régimen
de ayudas de Estado) sería posible aplicar tipos reducidos por debajo de
los mininos de directiva (330 euros/1.000 litros). Por consiguiente, se
propone reducir los tipos del HVO 100 % renovable altipo mínimo previsto
para este producto energético en la revisión de la ETD en curso. De esta
forma, con la diferenciación en la tributación de los carburantes, las
medidas españolas de fomento de los carburantes renovables se alinearían
plenamente con los requerimientos de la agenda europea (Brújula de
Competitividad y Pacto Industrial Verde
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