Se propone la adición de un nuevo artículo con la numeración que
corresponda, al Proyecto de Ley.
Artículo X. Educación y alfabetización digital.
1. La autoridad nacional de supervisión y coordinación en materia de
protección digital de los menores, en colaboración con las
administraciones educativas, entidades del ámbito educativo, del tercer
sector y asociaciones de padres y madres, desarrollarán campañas de
sensibilización y formación sobre los riesgos en los entornos digitales,
dirigidos a menores, familias y personal educativo, con el objetivo de
prevenir, identificar y denunciar la difusión de contenido sexual, íntimo
o vejatorio y su papel activo en la protección de los menores y uso de
las herramientas de prevención disponibles.
2. El Ministerio competente en materia de educación promoverá la inclusión
curricular de contenidos para la mejora del rendimiento en competencias
digitales de los alumnos, para el uso responsable de las tecnologías
digitales y la inteligencia artificial como herramientas de aprendizaje,
el respeto a los derechos de propiedad intelectual.
3. El Ministerio competente en materia de educación, en colaboración con
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Estado, fomentarán la implantación
de programas de educación digital en centros escolares, orientados a
informar al alumnado sobre riesgos como el grooming, la sextorsión, el
ciberacoso, la suplantación de identidad y otras prácticas ilícitas en el
entorno digital, así como sobre las medidas de protección y los canales
de denuncia. Estos programas deberán alertar expresamente sobre las
responsabilidades legales derivadas no sólo de la autoría, sino también
de la participación o la difusión de este tipo de contenidos y conductas.
4. Asimismo, el Ministerio competente en materia de educación, fomentará
la la formación a las familias y alumnos sobre prevención, detección y
actuación ante hechos y delitos que afecten a menores de edad en el
entorno digital, en las que
Página
292
también se informe expresamente de las responsabilidades legales que
tienen los padres por las actividades de sus hijos en internet, y sobre
los recursos y servicios disponibles para solicitar apoyo y ayuda.